Estimados colegas:
Uno de los aspectos más novedosos de la legislación republicana fue la promulgación de la Ley de Contratos de Trabajo aprobada en noviembre de 1931. Esta Ley, por primera vez en la historia de España, regula aspectos que, aunque hoy en día resulten evidentes, hasta entonces resultaban una inalcanzable utopía para la clase obrera. Este es el caso, entre otros, de las vacaciones pagadas.
En efecto, la nueva normativa de la República, instauró, por primera vez en la historia de España, las vacaciones pagadas, en concreto, ¡una semana al año! Hasta la proclamación de la República, la clase obrera, carecía simple y llanamente de vacaciones, ¡así de claro!. Sin embargo, esta decisión resultó verdaderamente escandalosa para los empresarios, incluidos los de las compañías ferroviarias. ¡Los obreros de vacaciones por cuenta del patrón!
La nueva legislación incluía otras mejoras para los trabajadores, como el descanso semanal. Si, ¡la posibilidad de descansar un día a la semana!, algo que tampoco hizo ninguna gracia a los empresarios (hasta entonces, era frecuente que los obreros descansaran un solo día cada dos semanas). Los trabajadores también consiguieron poder contar con un día libre retribuido en caso de fallecimiento de un allegado o la regulación del derecho a la huelga, que nunca podía suponer, como era demasiado común hasta entonces, el despido fulminante de los trabajadores en huelga.
Estas conquistas, en una sociedad como la nuestra, en la que lo habitual son cuatro, y no una semana de vacaciones, y en la que descasar, al menos, dos días a la semana, es lo más natural, puede producir a muchos gran perplejidad, pero en 1931, fueron recibidas con abierta hostilidad por los empresarios, incluidos los de las compañías ferroviarias. De hecho, éstas y otras conquistas de las clases trabajadoras fueron las que enemistaron a la República con los tradicionales dueños del país.
La nueva legislación fue recibida con abierto rechazo por los empresarios en general y, por las compañías ferroviarias en particular, ya que las nuevas normativas llevaban aparejado un sensible incremento del gasto en el capitulo de personal y, además, ponía límites muy concretos a las relaciones laborales con los trabajadores, hasta entonces potestad exclusiva de la patronal. En una situación económica ya de por si delicada para las empresas ferroviarias, el incremento del gasto resultaba difícil de asumir.
Por tanto, nos guste o no, cuando tomemos un fin de semana libre o cuando nos vayamos de vacaciones, no estaría demás pensar que, en la España anterior a 1931 eso era un privilegio al alcance de una pequeña minoría, pero no del 90% de la población del país.
Un saludo
Juanjo Olaizola