Informe del Fiscal, sobre la relación de causalidad entre la ausencia de aviso y el descarrilamiento.
Tras repasar jurisprudencia sobre la responsabilidad por omisión y apuntar sentencias del Tribunal Supremo que consideran que la relación de causalidad se da cuando pueda "formularse un juicio de certeza o de probabilidad rayana en la certeza sobre la eficacia que habría tenido la acción omitida para la producción del resultado".
http://www.elcorreo.com/vizcaya/rc/2013 ... 11913.html
http://www.elcorreo.com/vizcaya/rc/2013 ... 11913.html

Probabilidad rayana en la certeza .... vaya tema...
Por ejemplo, un constructor decidido a afrontar la crisis con imaginación, descrubre un novedoso sistema de abaratar costos dejando los balcones sin barandillas.
Llega el inquilino, tiene un descuido y cae por el balcón al vacío.
Pues bien, según la teoría de arriba, en la demanda al constructor por daños y perjuicios, este inquilino se puede oir del abogado de la parte contraria (o a lo mejor del fiscal quien sabe) algo así como lo siguiente :
"Ud se cayo por imprudente, ¿cómo es Ud capaz de demostrar, con una probabilidad rayana en la certeza, que si ese balcon llega a tener barandilla, Ud. no se hubiera caido?"
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